1. Introducción
Se entiende por activo todo bien que se posee y que tiene un valor de cambio.
Los activos se pueden clasificar en:
- Tangibles: bienes que poseen unas propiedades fÃsicas especÃficas.
- Intangibles: bienes que proporcionan el derecho a percibir un beneficio futuro y que son independientes del soporte fÃsico.
Los activos financieros (valores mobiliarios) son, por tanto, activos intangibles.
1.1. CONCEPTO
Los valores mobiliarios son documentos representativos de la participación de una persona en una sociedad, bien como prestamista (activos financieros de deuda), bien como propietario (activos financieros en propiedad), de la misma.
1.2. MOTIVOS PARA INVERTIR EN VALORES MOBILIARIOS
- Por motivo de rentabilidad: comprar tÃtulos con intención de mantenerlos en cartera y recibir por ellos una renta.
- Por motivo de especulación: operación a corto plazo con objeto de vender a precio superior al de compra.
- Por motivo de control: para tener mayor poder de decisión y poder controlar la sociedad.
1.3. CLASES DE VALORES MOBILIARIOS
Atendiendo a la condición que adquiere el propietario de los tÃtulos, los valores mobiliarios se pueden clasificar de la siguiente forma:
- Valores mobiliarios de renta variable: acciones.
Reconocen a su titular como propietario de la sociedad emisora, y, por tanto, partÃcipe en los resultados de la empresa. - Valores mobiliarios de renta fija: privada y pública.
El emisor del tÃtulo reconoce al poseedor del tÃtulo (inversor) la cuantÃa de una deuda que tiene contraÃda con él.
El poseedor del tÃtulo tiene derecho a percibir un interés, que se denomina «cupón», y, en una fecha, que se denomina «fecha de amortización», tiene derecho a percibir la cantidad escriturada. - Valores mobiliarios de renta fija convertibles en acciones.
Acreditan a su titular como prestamista pero con la posibilidad de cambiarlos por acciones en los plazos y condiciones que se hayan fijado, si asà lo desea el prestamista.
1.4. FORMAS DE ADQUISICIÓN DE VALORES MOBILIARIOS
- En mercado primario: suscripción de tÃtulos nuevos emitidos por la sociedad.
- En mercado secundario: compra a un antiguo propietario de un tÃtulo ya existente.
1.5. ESQUEMA DE UNA OPERACIÓN DE COMPRA-VENTA EN UN MERCADO SECUNDARIO
1.6. TERMINOLOGÃA
En cualquier tÃtulo mobiliario hay que distinguir distintos valores:
- Valor nominal. Es el que va impreso en el tÃtulo.
Lo decide la entidad emisora (0,5, 1, 100 euros, …). - Valor de emisión. Es por el que se ponen en circulación.
Se suele expresar en porcentaje sobre el valor nominal. - Valor de cotización. El precio de un tÃtulo en el mercado en un momento dado.
1.7. CARACTERÃSTICAS DE UNA EMISIÓN DE RENTA FIJA
En el folleto de emisión de tÃtulos de renta fija aparecerá la siguiente información, de interés para el suscriptor:
- El importe total de la emisión.
- Número de tÃtulos emitidos.
- Nominal de cada tÃtulo.
- Precio de emisión de los tÃtulos:
• A la par (por su valor nominal).
• Bajo la par (precio inferior al nominal). - El interés que se va a pagar:
• Expresado en porcentaje sobre el nominal del tÃtulo (anual, semestral,…).
• Puede ser fijo o variable –referenciado a un Ãndice–.
• Posibilidad de un cupón cero (no hay cupón periódico). - El perÃodo de amortización, indicando asimismo la forma de amortización de los tÃtulos:
• Todos los tÃtulos en el mismo momento.
• En varios momentos distintos, por sorteos.
• En varios momentos distintos, por reducción del nominal.
• Mediante amortización anticipada (si está prevista en las condiciones de emisión).
• Sin plazo de amortización (deuda perpetua). - El precio de amortización:
• A la par (reembolso por el nominal).
• Sobre la par o con prima de amortización (devolución por encima del nominal).
1.8. CARACTERÃSTICAS DE UNA EMISIÓN DE RENTA VARIABLE
La acción es un valor mobiliario que representa una parte proporcional del capital social de una sociedad.
El accionista (titular de una acción) es propietario de la sociedad, participando del riesgo económico de la sociedad y de los resultados de la misma. Si en un momento dado desea abandonar la sociedad no tiene otra alternativa que la venta de las acciones a un precio determinado por la libre negociación en el mercado secundario.
Entre otras cosas, en una emisión de acciones se indica:
- El nominal de cada tÃtulo.
- El precio de emisión del tÃtulo:
• A la par.
• Sobre la par.
• A la par, parcial o totalmente liberada, en cuyo caso el accionista paga una parte –liberada parcial– o nada –liberada total– y el resto lo aporta la sociedad emisora con cargo a sus fondos propios. - Plazo de suscripción.
PerÃodo en el que se puede comprar esos tÃtulos. - El desembolso a realizar en el momento de la compra (mÃnimo el 25% del nominal y el 100% de la prima).
- El momento a partir del cual esas acciones tendrán derecho a dividendo.
- La fecha a partir de la cual las acciones nuevas que se emitan tendrán los mismos derechos que las antiguas, si las hubiera.
- Si se trata de una ampliación, la proporción de la ampliación (relación entre el número de acciones nuevas y el número de acciones antiguas que participan en la ampliación).
- Diferencia de dividendo.
Quiere decir que hay unos beneficios del ejercicio que corresponden a las acciones antiguas en circulación, a los que no tienen derecho las acciones nuevas que se emiten si la fecha de emisión es posterior al comienzo del ejercicio.
1.8.1. Derechos y obligaciones del accionista
1.8.1.1. Derechos
- A recibir el dividendo, si la sociedad obtiene beneficios y decide repartirlos.
Existe obligación por parte de la sociedad de retener a cuenta del impuesto sobre la renta, pudiéndose hablar de:
– Dividendo bruto.
– Dividendo lÃquido (dividendo bruto – retención).
Además se podrá dar:
– Dividendo a cuenta, de futuros beneficios.
– Dividendo complementario, esto es, la diferencia entre el dividendo definitivo y el entregado a cuenta. - De suscripción preferente en las ampliaciones de capital, en la parte que corresponda y al precio que se señale.
- A la parte que le corresponda en el caso de liquidación de la sociedad.
- Al voto en las decisiones, si posee el número mÃnimo fijado en los estatutos.
1.8.1.2. Obligaciones
• La obligación fundamental es la de pagar, en los plazos previstos, las cantidades pendientes (dividendo pasivo).

