Manual de Matemáticas Financieras
José Tovar Jiménez   
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Capítulos
1.- Prologo
2.- Capitalización Simple
3.- Capitalización Compuesta
4.- Rentas
5.- Préstamos
6.- Empréstitos
7.- Valores Mobiliarios
 Introducción
 Ampliación de Capital I
 Ampliación de Capital II
 Ampliación de Capital III
 Ampliación Blanca
 Operaciones al Contado con Acciones
 Operaciones a Crédito con Acciones I
 Operaciones a Crédito con Acciones II
 Operaciones a Crédito con Acciones III
 Deuda Pública I
 Deuda Pública II
 Deuda Pública III
 Deuda Pública IV
 Deuda Pública V
 Deuda Pública VI
 Deuda Pública VII
 Deuda Pública VIII
 Pignoración de Valores Mobiliarios I
 Pignoración de Valores Mobiliarios II
 Pignoración de Valores Mobiliarios III
Valores Mobiliarios

Deuda Pública II
Por José Tovar Jiménez

6.2.  OPERACIONES QUE SE REALIZAN

Las operaciones que se pueden realizar en el mercado de deuda pública anotada son las siguientes:

6.2.1.  En el mercado primario

Una adquisición de valores en el mercado primario es aquella que se realiza en el momento en que éstos se emiten y se ofrecen al público por primera vez. Esta forma de adquisición recibe el nombre de «suscripción».

6.2.1.1.  Procedimiento de emisión

La emisión la efectuará el Director general del Tesoro y Política Financiera por uno de los procedimientos siguientes o combinación de los mismos:

a) Mediante subasta competitiva, que podrá ir seguida de un período de suscripción pública.

b) Mediante métodos competitivos entre un número restringido de entidades autorizadas a mediar en la colocación de valores que adquiera compromisos de aseguramiento de la emisión o contrapartida en el mercado ­secundario.

La subasta competitiva es el sistema elegido por el Tesoro para emitir todos los valores.

Este procedimiento es común tanto para letras como para bonos y obligaciones. En el caso de los bonos y obligaciones, el Tesoro realiza una serie de subastas del mismo activo en meses sucesivos (emisión por tramos).

6.2.1.2.  Celebración de las subastas

La Deuda del Estado se subastará tantas veces como sea preciso para cumplir con los objetivos previstos en la Ley General Presupuestaria, pudiendo distinguir dos tipos de subastas:

• Subastas ordinarias. Aquellas que tienen lugar con la periodicidad preestablecida de acuerdo con un calendario anual de subastas que se publica al principio de cada año. El calendario incluye además de las fechas de subasta las de presentación de peticiones y desembolso.

Las subastas de Letras del Tesoro a 12 y 18 meses se celebran los miércoles cada dos semanas, mientras que las subastas de Letras del Tesoro a 6 meses se celebran los miércoles cada 4 semanas. Cuando el miércoles de la semana que corresponda a la celebración de una subasta sea inhábil, ésta se celebrará el día hábil anterior.

Los Bonos y Obligaciones del Estado (salvo las obligaciones a 30 años) se subastan una vez al mes, en las siguientes fechas:

– Los bonos a 5 años y las obligaciones a 15 años, el primer miércoles de cada mes.

– Los bonos a 3 años y las obligaciones a 10 años, el jueves siguiente.

– Las obligaciones del Estado a 30 años se subastan cada dos meses, coincidiendo con el día de la subasta de bonos a 3 años y de obligaciones a 10 años del mes correspondiente. No obstante el Tesoro se reserva la posibilidad de aumentar su frecuencia según el grado de éxito de las subastas.

• Subastas especiales. Fuera de la periodicidad establecida podrán convocarse subastas especiales, a la vista de las condiciones de los mercados, el desarrollo de las emisiones durante el año o ante la conveniencia de poner en circulación nuevas modalidades de Deuda o de instrumentos en diferentes plazos dentro de las modalidades hoy existentes.

El funcionamiento de las subastas ordinarias y especiales es el mismo.

6.2.1.3.  Clases de ofertas

Las subastas se convocarán mediante Resolución de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», pudiéndose presentar formulando las siguientes clases de ofertas:

• Ofertas competitivas. El participante tiene que indicar el importe nominal que desea adquirir y a qué precio desea hacerlo, expresado este último en tanto por ciento del valor nominal del siguiente modo:

– Subastas de Letras del Tesoro: tanto por ciento con tres decimales, el último de los cuales deberá ser cero o cinco.

– Subastas de Bonos del Estado: tanto por ciento con dos decimales, el último de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos.

– Subastas de Obligaciones del Estado: tanto por ciento con dos decimales, el último de los cuales será cero o cinco.

Cada participante puede presentar tantas peticiones competitivas a precios distintos como desee.

• Ofertas no competitivas. En ellas sólo es preciso indicar el importe nominal que se desea adquirir. El precio a pagar por los valores será el precio medio ponderado que resulte de la subasta. Las peticiones no competitivas son las más adecuadas para el pequeño inversor, puesto que a través de ellas éste se asegura de que su petición sea aceptada y que reciba un interés en línea con el promedio resultante de la subasta.

Estas peticiones se pueden presentar en las subastas de cualquier tipo de valores excepto en las de Letras del Tesoro a 6 meses.

6.2.1.4.  Resolución de las subastas

Las subastas se llevan a cabo mediante un sistema holandés modificado, como el que se describe a continuación.

Recibidas las solicitudes y cerrado el plazo de presentación de peticiones correspondientes a cada subasta, el Director general del Tesoro y Política Financiera, a propuesta de la Comisión integrada por representantes de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y del Banco de España, determinará, una vez clasificadas las peticiones competitivas de mayor a menor precio ofrecido: el volumen nominal o efectivo que desea emitir en la subasta y el precio mínimo aceptado en la subasta. Todas las peticiones cuyo precio ofrecido fuese igual o mayor que el mínimo aceptado quedarán automáticamente adjudicadas, siendo rechazadas las demás.

Con las ofertas competitivas aceptadas se procederá a determinar el precio medio ponderado resultante (una media aritmética ponderada de precios y nominales de las ofertas competitivas aceptadas) expresado en porcentaje del valor nominal redondeado por exceso a tres decimales.

El precio a pagar por los valores se determina como sigue:

• Para todas las peticiones cuyo precio ofrecido fuese igual o superior al precio medio ponderado redondeado, el precio de adjudicación será dicho precio medio.

• Para todas las peticiones cuyo precio ofrecido fuese inferior al precio medio ponderado redondeado y superior o igual al precio mínimo aceptado, el precio de adjudicación será el precio ofrecido.

• Las peticiones no competitivas se aceptarán en su totalidad siempre que haya sido aceptada alguna petición competitiva. El precio de adjudicación de estos valores será el precio medio ponderado redondeado.

La publicación de los resultados de la subasta incluirá el importe nominal solicitado, el importe nominal adjudicado, el precio mínimo aceptado, el precio medio ponderado de las peticiones aceptadas, el precio o precios a pagar por la Deuda adjudicada y el tipo de interés efectivo equivalente y el rendimiento interno correspondiente a los precios medio ponderado redondeado y mínimo aceptado de las subastas de Letras del Tesoro y de Bonos del Estado u Obligaciones del Estado, respectivamente.

Las Letras del Tesoro se pagan y se ponen en circulación dos días hábiles después de la subasta. Los Bonos y Obligaciones del Estado se pagan y se ponen en circulación el día 15 del mes en que se subastan para facilitar la entrega en la fecha de liquidación del mercado de futuros.
.:: Ejemplo 11 ::.

Se realiza una emisión de Letras del Tesoro a 12 meses con vencimiento 364 días más tarde.

Las ofertas competitivas recibidas han sido:

En el tramo no competitivo las peticiones ascienden a 150 millones.

El Tesoro, a la vista de las ofertas recibidas, decide emitir letras por importe nominal de 850 millones de euros. Los resultados de la subasta serán los siguientes:

Las ofertas no competitivas (las que no fijan precio) se adjudican en su totalidad, mientras que el resto, 700 millones (850 – 150), se obtiene de las ofertas competitivas aceptadas, para lo que el Tesoro elegirá las de mayor precio rechazando el resto:

El precio marginal o precio mínimo aceptado ha sido 95,210%, rechazándose aquellas ofertas con precios inferiores.

A continuación, con las ofertas competitivas aceptadas, se calcula el precio medio ponderado (PMP):

Siendo el precio medio ponderado redondeado: 95,227%

Los precios a los que finalmente resultan adjudicadas las letras son:

Los tipos de interés efectivos (rentabilidad) correspondientes a los distintos precios son:

Los cálculos de estos tipos de interés han sido:

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Deuda Pública III

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