Manual de Matemáticas Financieras
José Tovar Jiménez   
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Capítulos
1.- Prologo
2.- Capitalización Simple
 Operaciones en régimen de simple I
 Operaciones en régimen de simple II
 Operaciones en régimen de simple III
 Operaciones en régimen de simple IV
 Operaciones en régimen de simple V
 Equivalencia Financiera de capitales I
 Equivalencia Financiera de capitales II
 Equivalencia Financiera de capitales III
 Descuento de Efectos I
 Descuento de Efectos II
 Cuentas Corrientes I
 Cuentas Corrientes II
 Crédito Bancario: La Póliza de Crédito
3.- Capitalización Compuesta
4.- Rentas
5.- Préstamos
6.- Empréstitos
7.- Valores Mobiliarios
Capitalización Simple

Cuentas Corrientes II
Por José Tovar Jiménez

4.4.  LIQUIDACIÓN DE CUENTAS CORRIENTES

Conocidos los capitales y el tanto de interés, que se fija de antemano, sólo falta hallar el tiempo durante el cual produce intereses cada capital. Para ello se pueden seguir tres métodos: directo, indirecto y hamburgués. A continuación se comentará brevemente el funcionamiento de lo s dos primeros y se estudiará con más detalle el método hamburgués, que es el sistema que actualmente se emplea.

4.4.1.  Método directo

Considera que cada capital, deudor o acreedor, devenga intereses durante los días que median desde la fecha de su vencimiento hasta el momento de liquidación.

4.4.2.  Método indirecto

En este sistema los capitales generan intereses desde la fecha en la que se originan hasta una fecha fija deAnominada época. Ello supone un cálculo de intereses que no se corresponden con la realidad, por lo que cuando se conozca la fecha de liquidación deben rectificarse.

4.4.3.  Método hamburgués o de saldos

Este método recibe el nombre de hamburgués porque se usó por primera vez en Hamburgo. Y de saldos porque los números comerciales se calculan en base a los saldos que van apareciendo en la cuenta (y no en función de los capitales).

Los pasos a seguir para liquidar la cuenta por este método son los siguientes:

1. Se ordenan las operaciones según fecha-valor.

2. Se halla la columna de saldos como diferencia entre el Debe y el Haber de capitales. Cada vez que hagamos una anotación cambiará el saldo de la cuenta.

3. Hallar los días, que se cuentan de vencimiento a vencimiento, y del último vencimiento a la fecha de cierre.

4. Se calculan los números comerciales multiplicando los saldos por los días y se colocan en el Debe si el saldo es deudor, o en el Haber si el saldo es acreedor.

5. A partir de aquí terminaremos la liquidación del siguiente modo:

a) Cálculo del interés.

Intereses deudores  =  Suma de números deudores  ¥  Multiplicador fijo del banco

Intereses acr eedores  =  Suma de números acreedores  ¥  Multiplicador fijo del cliente

El multiplicador fijo es el cociente resultante de dividir el tipo de interés de liquidación (anual) entre el total de días del año (360 ó 365).

b) Cálculo del IRC (Impuesto de Rentas de Capital) sobre los intereses acreedores.

c) Cálculo del saldo a cuenta nueva. A
.:: Ejemplo 18 ::.

Liquidar por el método hambusgués la siguiente cuenta, cuyo titular, Óscar de Lózar, ha realizado los siguientes movimientos:


Las condiciones de liquidación son las siguientes:

• Fecha de liquidación el 30 de junio.

• Por cada apunte una comisión de 3 u.m.

• IRC: 18%

• El interés anual aplicado es el 6%

Liquidación del período 06-05 al 30-06.

 

Cálculo de los números comerciales acreedores:

35.000  x  8    = 280.000

55.000  x  9    = 495.000

50.000  x  19  = 950.000

60.000  x  19  = 1.140.000

Total 2.865.000

Cálculo de los intereses acreedores:

Retención impuestos (18% de 471)  =  84,78

Comisión de administración (número de apuntes) =  3  x  4  =  12

Saldo después de la liquidación:  60.000  +  471  –  84,78  –  12 &nAbsp;=  60.374,22

 

 

.:: Ejemplo 19 ::.

Liquidación por el método hamburgués de la siguiente cuenta corriente, cuya titular es la señora Manuela Jiménez Orgaz, en la que se aplican las siguientes condiciones:

• Tipo anual de interés para saldos acreedores: 1%

• Tipo anual de interés para descubiertos: 12%

• Comisión sobre mayor descubierto: 2% sobre el mayor saldo descubierto contable en el período de liquidación.

• Fecha de liquidación: 30 abril.

• La entidad bancaria utiliza 365 para calcular los intereses deudores y acreedores.

• IRC: 18%

A lo largo del período se han producido los siguientes movimientos:


Las condiciones de liquidación son las siguientes:

• Fecha de liquidación el 30 de junio.

• Por cada apunte una comisión de 3 u.m.

• IRC: 18%

• El interés anual aplicado es el 6%

Liquidación del período 01-03 al 30-04.

Ver Cuadro

Saldo antes de la liquidación: 17.000.

Cálculo de los números comerciales acreedores:

(1) 24.000   x  13  = 312.000

(2) 42.000  x   6  = 252.000

(3) 17.000  x  19  = 323.000

Total 887.000

Cálculo de los intereses acreedores:

Al mismo resultado habríamos llegado aplicando la fórmula de interés simple (carrete):

Intereses (15-03 a 28-03)   =   24.000   x 13/365  x  0,01  = 8,55

Intereses (28-03 a 03-04)   =   42.000   x    6/365  x  0,01  = 6,90

Intereses (11-04 a 30-04)   =   17.000   x 19/365  x  0,01  = 8,85

Total 24,30

Cálculo de los números comerciales deudores:

(5) 6.000  x  10   = 60.000

(6) 3.000  x    8   = 24.000

Total 84.000

Cálculo de los intereses deudores:

Al mismo resultado habríamos llegado aplicando la fórmula de interés simple (carrete):

Cálculo de retenciones sobre los intereses acreedores (rendimiento de capital mobiliario):

18%  x  24,30  =  4,37

Cálculo de comisión sobre mayor descubierto:

La comisión se calcula sAobre los saldos en fecha operación, no en fecha valor. Por tanto, para ver si procede ésta habrá que ordenar los movimientos según se han producido realmente (fecha operación).

Se podrá cobrar una comisión sobre el mayor descubierto en fecha operación (en el supuesto de que ocurriera más de uno durante el período liquidado). Estando prohibidas las comisiones de apertura y similares en los descubiertos en cuenta corriente por valoración. Así pues, de acuerdo con las fechas operación, sólo se ha producido un descubierto provocado por el pago del recibo de la luz el 30 de marzo por importe de 3.000 sobre el que se aplicará el 2% establecido:

2%  x  3.000  =  60

Saldo después de la liquidación:  + 17.000  +  24,30  –  27,62  –  4,37  –  60  =  =  + 16.932,31

 

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