2.2.2. Ampliación doble sin diferencias económicas
En este caso la sociedad realiza de forma simultánea dos ampliaciones
de capital y cada acción antigua proporciona dos derechos de suscripción
para acudir independientemente a cada ampliación y suscribir las acciones
nuevas que le corresponda en cada una de ellas, que seguirán teniendo los
mismos derechos económicos que las ya existentes en el mercado. Se tratará,
por tanto, de calcular el valor de ambos derechos.
| .:: Ejemplo 3 ::.
Una sociedad amplía su capital realizando una ampliación doble simultánea de la forma:
a) 1 acción nueva a la par por cada 4 antiguas.
b) 1 acción nueva gratuita por cada 5 antiguas.
Se sabe que el nominal de las acciones es de 5 euros y la cotización antes de la doble ampliación es del 140%.
Se pide:
Calcular el valor teórico de los derechos de suscripción.
Solución:
Al ser las proporciones de las ampliaciones diferentes hallamos el mínimo común múltiplo de las acciones antiguas: m.c.m. (4; 5) = 20
De esta forma, un accionista antiguo que tenga 20 acciones puede acudir a las dos ampliaciones y suscribir un número entero de títulos en ambas. Así:
Para acudir a la primera ampliación, deberá hacer grupos de 4 acciones antiguas y por cada uno recibirá 1 acción nueva. De esta forma, si posee 20 acciones hará 5 grupos (20/4 = 5) y tendrá derecho a suscribir 5 acciones nuevas.
Al acudir a la segunda ampliación, deberá hacer grupos de 5 acciones antiguas y por cada uno recibirá 1 acción nueva. Si posee 20 acciones hará 4 grupos (20/5 = 4) y tendrá derecho a suscribir 4 acciones nuevas.
Por tanto, el accionista que posea 20 títulos antiguos y acuda a las dos ampliaciones tendrá:
Para efectuar el desglose y determinar el valor de cada derecho habrá que tener en cuenta que en cada una de las ampliaciones se cumple lo siguiente:
Cotización ex-post = Precio emisión + Valor teórico de los derechos entregados
1.ª ampliación: 5,69 = 5 + 4 x d1 de donde d1 = 0,17 €
2.ª ampliación: 5,69 = 0 + 5 x d2 de donde d2 = 1,14 €
Siendo d1 y d2 los valores teóricos de los derechos de cada una de las dos ampliaciones.
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2.2.3. Ampliación simple con diferencias económicas
Ocurre cuando las acciones nuevas no participan inicialmente de los mismos derechos
económicos que las antiguas. Esto sucede cuando a las acciones nuevas les
corresponde una proporción menor en el reparto del dividendo inmediato
posterior a la ampliación.
De cualquier modo, deberá cumplirse que el importe de todos los títulos
(antiguos y nuevos) antes de la ampliación sea igual al importe de todos
los títulos después de la ampliación.
Para el cálculo del valor teórico se tendrá en cuenta lo
siguiente:
A: Número de acciones antiguas.
C: Valor de cada acción antigua (cotización ex-ante).
N: Número de acciones nuevas.
E: Precio de emisión de las acciones nuevas.
C': Valor teórico de las acciones después de la ampliación (cotización ex-post).
d: Diferencia de derechos económicos.
El valor de las acciones antiguas es: A x C
El valor de las acciones nuevas es: N x E
El valor de la empresa después de la ampliación es: A x
C + N x E
Al tener las acciones antiguas mayores derechos económicos que las nuevas,
coexistirán en el mercado cotizaciones distintas para unos y otros títulos,
hasta que los nuevos tengan derechos idénticos y suponiendo que las acciones
antiguas después de la ampliación valgan C', los nuevos valdrán
«d» euros menos, es decir (C' – d).
El valor de la empresa en el mercado debe satisfacer la siguiente igualdad:
A x C + N x E = A x
C' + N x (C' – d)
De donde:
siendo el valor del derecho de suscripción la diferencia entre la cotización ex-ante y ex -post de una acción antigua:
| .:: Ejemplo 4 ::.
Las acciones de la sociedad anónima «Aprobasa» tienen un nominal de 1 euro y cotizan al 750%.
Se realiza una ampliación de 2 títulos nuevos por cada 5 antiguos, al 550%.
Se pide:
Calcular cotización ex-post y valor teórico del derecho de suscripción teniendo en cuenta que los títulos nuevos no participan en un dividendo del 5% que se reparte al mes siguiente de la ampliación.
Solución:
Por tanto:
48,50 = 5 x C' + 2 x (C' – 0,05)
C' = 6,94 €
C'' = C' – 0,05 = 6,89€
Valor de una acción antes ampliación 7,50 €
Valor de una acción antigua después ampliación 6,94 €
Valor de una acción nueva después ampliación 6,89 €
Para el cálculo del derecho de suscripción se tendrá en cuenta el valor de una acción antigua antes y después de la ampliación:
Valor del derecho = 7,50 – 6,94 = 0,56 €
La doble cotización se mantendrá desde el final de la ampliación hasta que se reparta el dividendo, que es la causa de esa doble cotización. A partir de entonces, todos los títulos, antiguos y nuevos, cotizarán teóricamente por igual a 6,89 euros. |
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